Saltar a contenido

Escudo de la Localidad

Ayuntamiento de
Rosal de la Frontera

 
 
Buscador:
Icono tiempo
19/04/2024
ESTAMOS EN: Ayuntamiento de Rosal de la Frontera > Inicio > El Ayuntamiento
 

Contenido

Actas Plenarias

Artículo 46. (Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local):

  • 1. Los órganos colegiados de las entidades locales funcionan en régimen de sesiones ordinarias de periodicidad preestablecida y extraordinarias, que pueden ser, además, urgentes.
  • 2. En todo caso, el funcionamiento del pleno de las Corporaciones locales se ajusta a las siguientes reglas:
    • a) El Pleno celebra sesión ordinaria como mínimo cada tres meses en los municipios de hasta 5.000 habitantes. Asimismo, el Pleno celebra sesión extraordinaria cuando lo decida el Presidente o lo solicite la cuarta parte, al menos, del número legal de miembros de la Corporación, sin que ningún concejal pueda solicitar más de tres anualmente. (…)
    • b) Las sesiones plenarias han de convocarse, al menos, con dos días hábiles de antelación, salvo las extraordinarias que lo hayan sido con carácter urgente, cuya convocatoria con este carácter deberá ser ratificada por el Pleno. (…)
    • c) El Pleno se constituye válidamente con la asistencia de un tercio del número legal de miembros del mismo, que nunca podrá ser inferior a tres. (…)
    • d) La adopción de acuerdos se produce mediante votación ordinaria, salvo que el propio Pleno acuerde, para un caso concreto, la votación nominal. (…). La ausencia de uno o varios Concejales o Diputados, una vez iniciada la deliberación de un asunto, equivale, a efectos de la votación correspondiente, a la abstención.
      En el caso de votaciones con resultado de empate, se efectuará una nueva votación, y si persistiera el empate, decidirá el voto de calidad del Presidente.
    • e) En los plenos ordinarios la parte dedicada al control de los demás órganos de la Corporación deberá presentar sustantividad propia y diferenciada de la parte resolutiva, debiéndose garantizar de forma efectiva en su funcionamiento y, en su caso, en su regulación, la participación de todos los grupos municipales en la formulación de ruegos, preguntas y mociones.

En esta sección se publicarán las actas plenarias de este Ayuntamiento, a fin de informarles de las decisiones y actuaciones que esta corporación, en Pleno, acuerdan.